TESTIMONIO: VISTO: La necesidad de implementar un apoyo a los estudiantes que desean continuar estudios universitarios, y CONSIDERANDO: Que la remisión de estudiantes a las universidades implican un al-to costo familiar y social, por el desplazamiento hacia otras Ciudades, su vi-vienda, alimentación y otros gastos; Que se viene observando una significativa deserción en el primer año de los estudios, en razón de la falta de orientación por parte del estudian-te, claridad de sus vocaciones y posibilidades que las carreras le ofrecen; Que la falta de coordinación entre los organismos que dirigen la actividad laboral y aquellos que capacitan, tienen como consecuencia el fomento de carreras cuyas posibilidades laborales están agotadas y la falta de desarro-llo de aquellas, de ciclo completo o cortas dentro del ámbito universitario, que ofrecen mayor futuro en función de las estrategias de crecimiento del país, lo que implica un alto costo social y pérdida de tiempo; Que existe una situación traumática entre la finalización del ci-clo secundario y el acceso a la Universidad, tanto en razón de planes de estudio como por la adaptación a nuevas formas de vida, lo que requiere una adaptación previa al tránsito; Que una comunidad como la de Balcarce tiene la posibilidad, por su dimensión poblacional y cantidad de postulantes a los estudios terciarios, de producir apoyos y cambios para adecuar estas situaciones, así como una más efi-ciente asignación de los recursos sociales; POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 206/88 --------------------------------- ARTICULO 1.- Créase en la órbita de la Subsecretaría de Acción Social, el SERVI------------- CIO MUNICIPAL DE ORIENTAC10N VOCAC10NAL Y AYUDA - SEMOVA - para la atención de los estudiantes secundarios o personas interesadas, en ingresar a la universidad o sistemas terciarios similares, tanto en aspectos de Orientación Vocacional, ayuda por medio de cursos de nivelación para adecuarse a nivel futu-ro a acceder o la solución de problemas económicos, de alojamiento y similares.- ARTICULO 2.- Para la administración del Servicio creado por el Artículo anterior ------------ se creará una Comisión Asesora Ad hoc, con la participación de re-presentantes de la Comuna, de los Colegios Secundarios, de las Universidades Na-cionales de Mar del Plata, del Centro de la Provincia de Buenos Aires y de La Plata y representantes de entidades de la Comunidad que apoyen este proyecto. La integración y funcionamiento de la citada Comisión será definida por el Departa-mento Ejecutivo en la reglamentación de la presente Ordenanza, debiendo sancio-nar su Reglamento de funcionamiento.-------------------------------------------- ARTICULO 3.- Sin perjuicio de las funciones que se definan por reglamentación, ------------ el SEMOVA cumplirá las siguientes funciones básicas: a.- Crear un Centro de Orientación Vocacional, con la utilización de las más modernas tecnologías de sicometría computada y o- tras, con el apoyo de las universidades zonales y de otros cen- tros de especializados en la materia, coordinando la realiza- ción de los cursos y diagnósticos en función de las demandas de la comunidad; b.- Coordinar la concreción de cursos, seminarios, jornadas y otros mecanismos, para la nivelación de los estudiantes que han egre- sado del secundario y deben acceder a la Universidad, con fa- lencias de adecuación en asignaturas determinadas, metodologías de estudio y similares.- c.- Definir de común acuerdo con las áreas de planificación de la Comuna y entidades representativas de la Comunidad, las necesi- dades de profesionales en el largo plazo y la priorización de los estudios de aquellas disciplinas que tengan mayor demanda futura determinada.- d.- Asistir a la Comisión Municipal de Becas en lo que se refiere a las prioridades sociales y colaborar con la misma en la obten- ción de recursos para mejorar la cantidad y calidad de las o- portunidades que se ofrezcan para el estudio universitario o terciario.- e.- Estudiar e implementar el funcionamiento de pensionados univer- sitarios en las ciudades sedes de Facultades, de forma de posi- bilitar el estudio no solo a los becarios, sino a aquellos a- lumnos que, si bien no han podido acceder a aportes determina- dos, su capacidad económica necesita de costos menores para la concreción de los citados estudios.- f.- Coordinar con las Universidades y Centros de Estudiantes, la tarea del servicio, para lograr mayores recursos y apoyos de diversa naturaleza a la realización de los objetivos precisa- dos.----------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- El Departamento Ejecutivo, a través de la Subsecretaría de Acción ------------ Social, estudiará la implementaci6n de este servicio, y girará a consideración de este Cuerpo la fecha de iniciación y los programas de realiza-ción, así como las partidas presupuestarias necesarias para su puesta en marcha. ARTICULO 5.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y ocho. FIRMADO: Carlota A. Alvarez de Rodríguez - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRETARIO.---------------------------------------------------------------------